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Todo lo que debes Saber sobre la Normativa en Facturación Electrónica

Escrito por Redacción Saludtools | Aug 29, 2024 8:14:43 PM

Con la nueva resolución para RIPS y facturación electrónica en el sector salud a partir del 1 de octubre, surgen dudas sobre si como profesional de la salud estás obligado a facturar. En este blog, responderemos algunas preguntas frecuentes para que estés preparado y listo para este cambio normativo.

¿Con la nueva normativa de RIPS estoy obligado también a facturar electrónicamente?

R/: Solo aquellos que superen los topes de facturación anual que la DIAN indica, de lo contrario no deberá facturar electrónicamente pero si reportar RIPS

Obligados a facturar
- Ingresos mayores a 3.500 UVT por la actividad económica
- Más de UN establecimiento de comercio, sede, local o negocio donde ejerza su actividad.
- Decreto 358 del 2020 - Art 512-13 E.T.
- Tener contrato con PSS

No obligados a facturar
-Ingresos menores a 3.500 UVT por la actividad económica
-Máximo un establecimiento de comercio, sede, local o negocio donde ejerza su actividad.
- Decreto 358 del 2020 - Art 512-13 E.T.
- No tener contrato con PSS

¿Cómo deben hacer los profesionales independientes el reporte de los RIPS?

R/ Existen dos posibles escenarios:

Si estás obligado a facturar:
1. Una vez se genere la factura y se active la validación automática, el sistema enviará la factura a la DIAN.
2. Si la factura es aprobada, el sistema internamente obtiene el XML de la factura, construye los RIPS de esa factura y los envía al ministerio a través de la integración dispuesta.

Si no estás obligado a facturar:
1. Debes ir a nuestro módulo de reportes y hacer la solicitud de generación de RIPS utilizando alguno de los filtros disponibles o seleccionando simplemente los servicios del mes.

2. El sistema generará los RIPS en formato JSON con la estructura descrita en la norma.
3. Deberás descargarlos e ir directamente a la opción del Ministerio cliente-servidor para reportarlos.


¿Cómo hago los reportes por cada factura?

R/: En Saludtools, existen dos opciones:

Validación automática de RIPS al momento de facturar:
1. Si seleccionas la validación automática de RIPS, el sistema construirá un JSON para cada factura.
2. Estos JSON se conectan con el XML de cada factura y se enviarán al ministerio.

Facturar primero y luego validar: 
1. Puedes enviar la factura a la DIAN sin realizar la validación de RIPS.
2. Luego, ir a la sección de reportes, generar los RIPS de una o varias facturas


3. Después de revisar el JSON de las facturas,  se puede ejecutar el proceso de validación, el sistema verificará si la factura fue aprobada, conectar el XML de la misma con el JSON generado, y enviará todo al ministerio.

¿Los profesionales que no facturan electrónicamente como realizan el descargue de los Rips y el envío al ministerio de salud?

R/. Si solo deben reportar RIPS, pueden descargarlos desde Saludtools en formato JSON con la estructura que indica la norma y luego reportarlos utilizando la opción cliente-servidor del ministerio. 


¿Cúal es la relación entre los RIPS y la facturación electrónica?

R/. Ahora, los RIPS y la Facturación electrónica se deben presentar al Ministerio,  ya que los RIPS contienen información de los pacientes que se están facturando, entonces los RIPS se convierten en el soporte de los servicios prestados que se están facturando.

¿Hay que cambiar de software de facturación?

R/: Es lo más recomendable, ya que al facturar con Saludtools, obtenemos los datos de manera directa. Si no utilizas nuestro sistema para la facturación, el proceso se vuelve complejo, ya que actualmente no disponemos de una opción para ingresar manualmente la información de facturas que no fueron generadas con nosotros antes de generar los RIPS.

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